jueves, 19 de septiembre de 2013

PLANES DE PENSIONES BANCO SABADELL


1.- Colectivo B, el personal de nueva incorporación y a los que se les hubiese reconocido una antigüedad en banca a partir del 8 de marzo de 1.980 y mantengan un contrato laboral con el Promotor. También serán reconocidos como B el resto, los partícipes de los Colectivos A, A1, A2, A3, A4(Gertakizun), C y el personal incorporado de Banco CAM a Banco de Sabadell, o a cualquiera de las Empresas relacionadas en el artículo 1, a efectos de las aportaciones definidas en los artículos 9.6 y 9.7 y las aportaciones voluntarias que realicen.





Artículo 9. Aportaciones al Plan.

6. Se establece una aportación anual del Promotor a todos los partícipes del colectivo B, según el Pacto de Homologación de Condiciones de 19 de marzo de 2001, de los Pactos de Homologación de 26 de noviembre de 2004, de 19 de diciembre de 2007 y de los Pactos de Condiciones Sociales y de Subrogación de 22 de febrero de 2011, y de 15 de junio de 2012 de 502,55 € para 2013, revalorizables anualmente de acuerdo con las tablas salariales del CCB.

7. Se establecen unas aportaciones anuales del Promotor, adicionalmente para los partícipes que pertenecen exclusivamente al Colectivo B de 269,05 € para 2013, revalorizables anualmente de acuerdo con las tablas salariales del CCB, según el acuerdo de previsión social de 11 de octubre de 2002 y de los pactos de homologación de 26 de noviembre de 2004, de 19 de diciembre de 2007 y del pacto de condiciones sociales y de subrogación de 22 de febrero de 2011.


No hay comentarios:

Publicar un comentario