Carta dirigida a la dirección de Relaciones Laborales Zona Norte Banc Sabadell el 13/09/2011
Hola , parece que la situación de los compañeros trasladados a oficinas en comisión de servicios se ha normalizado, por lo menos en cuanto a lo mas importante que es tener un contrato firmado con la fecha y oficina de destino, así como la posible fecha de retorno y los gastos de desplazamiento, que a nuestro entender son un poco rácanos, pero bueno.
Ahora y para terminar nuestras reivindicaciones te anexo el Artículo 29 del Convenio de Banca, al que creemos tienen derecho todos los trasladados a más de 25 Kms.
Artículo 29. Dietas y comisiones de servicios.
1. Los viajes a que den lugar las comisiones serán por cuenta de la
Empresa.
2. Desde la entrada en vigor de este Convenio, la cuantía diaria de las
dietas a que se refiere este artículo tendrá el mismo tratamiento de incremento
porcentual que en el futuro puedan tener las retribuciones del
artículo 12, y serán, como mínimo, las correspondientes según la siguiente
escala:
Dietas Desde 1.1.2007
Pernoctando fuera del domicilio propio . . . . 28,02
Cuando se pernocte en el domicilio propio . 12,28
Saludos cordiales,
contestación 28/09/2011 ...
de conformidad con la conversación telefónica mantenida, te confirmo que todos los desplazamientos de más de 25 kms, realizados dentro del proceso de integración entre BG y BS tienen establecido un plus salarial que compensa todos los gastos derivados del mismo. Sldos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario