miércoles, 13 de febrero de 2013

Los complementos de pensiones en banca desde 1980.

 Los trabajadores ingresados después del 8-3-80 no tienen complemento de jubilación, porque en esa fecha entró en vigor el XIº Convenio Colectivo de Banca, que suprimía este complemento, y que firmó en solitario UGT cuando tenía mayoría en el sector.
 En 1980 no existía ningún dato objetivo que justificara la necesidad de eliminar este derecho para los trabajadores de nuevo ingreso. No existía ninguna crisis del sector financiero que pusiera en peligro el volumen de empleo del sector.
 La economía española, en su conjunto, tenía problemas de inflación y problemas estructurales derivados de la crisis del petróleo de 1973 que motivaron, en 1977, los Pactos de la Moncloa. Pero desde la firma de estos acuerdos la economía española se moderniza, se recupera e incluso tiene unos resultados excelentes entre 1985 y 1992.
 En cualquier caso, si hubiera existido un problema serio en el sector financiero, el Convenio 80 habría sido la peor receta para solucionarlo, porque supuso incremento de coste cuando, según UGT, hacía falta abaratar los costes y supuso menor coste cuando ya había pasado la crisis que se inventó UGT.
 El convenio 80 fué bueno para los trabajadores en activo en ese momento en los bancos, con incrementos muy superiores a la inflación, es decir, incrementó mucho los gastos de personal en ese momento en que, según UGT, hacía falta hacer un sacrificio para garantizar el empleo y la viabilidad de los bancos.
 Quitó el complemento de pensiones a los trabajadores ingresados a partir de la firma de ese convenio, el famoso 08/03/1980, cuyo efecto económico en la cuenta de resultados de los bancos empezaría a ser significativa a partir de, como poco, cinco a diez años después de la firma, es decir, cuando la economía española atravesaba un momento de bonanza económica. Ésto es así por el escaso número de trabajadores que ingresaron a partir de 1980 y los métodos de provisionar comentados anteriormente, que significan pocas
provisiones al principio de la vida laboral y un incremento significativo según se va acercando la edad de jubilación.
 Pero además UGT eliminó por completo el complemento de jubilación. Si había problemas, se podía haber hecho como en ahorro en 1986 que se cambió, para los trabajadores de nuevo ingreso, un sistema de prestación definida similar al de banca, de coste incierto para las empresas, a un sistema de aportación definida, de coste cierto y teóricamente menor. No, en banca UGT eliminó totalmente el derecho a complemento de jubilación.
 UGT no eliminó el complemento de jubilación en 1980 por un problema económico de los bancos. Lo hizo por un problema de criterio sindical, de preocuparse sólo por los trabajadores antiguos y obtener mejoras para ellos a costa de los trabajadores que aún no han ingresado. No le importa que los trabajadores tengan distintos derechos en función de la fecha de ingreso. Ésto, que en el salario, en el sueldo base, está prohibido por la legislación española, lo hizo en materia de pensiones. Seguramente porque los trabajadores que aún no han ingresado no votan y después, como se ha podido demostrar, lo justifica inventándose motivos inexistentes y difícilmente discutibles 25 años después, mezclando cosas y, en definitiva, creando confusión.

miércoles, 6 de febrero de 2013

ORAIN DELA 35 URTE

Un chiste de El Papus de 1977, 35 años han pasado y podría ser de esta misma mañana.